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• El testamento garantiza que los derechos sobre tu propiedad
se puedan trasmitir en forma ordenada y pacífica a quien
tú lo decidas.
• Mediante el testamento, si lo deseas, puedes designar
al tutor que se hará cargo de tus hijos menores de edad
o incapaces o designar el albacea (representante legal) que
administre los recursos económicos de ellos hasta su
mayoría de edad.
• Así mismo, a través del testamento si
se requiere, se puede reconocer a los hijos procreados y las
deudas contraídas.
• Protege el patrimonio de la familia al asegurar que
tu propiedad permanece en el seno familiar.
• Se define con precisión quién heredará
los derechos, lo que evita posibles conflictos, gastos económicos,
pérdida de tiempo y alteraciones en la tranquilidad familiar.
• El otorgamiento del testamento es ante Notario Público,
quien da fe de la voluntad del testador y en su momento elabora
el aviso testamentario que se registra en el Archivo General
de Notarías, Registro Público de la Propiedad
o en algún otro archivo gubernamental que la ley determine.
A quién elegir
Es difícil elegir a quién heredar el patrimonio,
pero al hacerlo se evitan conflictos futuros a los seres queridos.
Además, tienes la opción de modificar tu testamento
cuando lo desees si cambias de opinión.
Por orden de preferencia, inscribe a las personas que deseas
heredar tus derechos sobre la propiedad:
• El esposo o esposa.
• La concubina o el concubinario
• Los hijos (descendientes)
• Los padres o abuelos (ascendientes)
• Cualquier otra persona.
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